Acordada del Máximo Tribunal resolvió ayer por primera vez en su historia reglamentar la “admisibilidad formal” de los escritos correspondientes a los recursos extraordinario federal y de queja
Desde julio, será más difícil apelar ante la Corte Suprema
Buscan frenar el ingreso de expedientes. Habrá más requisitos para recursos extraordinarios y de queja. La medida estará vigente tras la feria
Aunque la mira sigue puesta en resolver los temas de mayor contenido social, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación también creen que llegó el momento de enfocarse en una profunda reorganización interna.
Por eso, a través de una acordada, el Máximo Tribunal resolvió ayer por primera vez en su historia reglamentar la “admisibilidad formal” de los escritos correspondientes a los recursos extraordinario federal y de queja por los cuales se acude en apelación a esa instancia.
En consecuencia, cuando la medida entre en vigencia -el primer día hábil posterior a la feria judicial de invierno- habrá más requisitos para apelar ante la Corte. La resolución lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carlos Fayt.
Ahora, para interponer los recursos extraordinario y de queja se deberán cumplir reglas precisas vinculadas con su extensión, legibilidad y presentación de los datos, individualización de la decisión contra la cual se interpone el recurso, relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso y mención clara y concisa de las cuestiones de índole federal. El recurso de queja, además, tendrá un costo regulado en los 5.000 pesos.
En cuanto a la esencia de los recursos, se deberá demostrar, entre otras cosas, que la decisión apelada proviene del superior tribunal de la causa y que es definitiva o equiparable a tal, según la jurisprudencia de la Corte; que el pronunciamiento impugnado le ocasiona al recurrente un gravamen personal, concreto, actual y no derivado de su propia actuación; que media una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso; y que la decisión impugnada es contraria al derecho invocado por el apelante con fundamento en aquéllas.
En caso de que no se cumpla con los nuevos parámetros para interponer los recursos, o que se cumpla de manera deficiente, la acordada dispone que la Corte podrá desestimar la apelación a través de un simple trámite: la sola mención de la norma reglamentaria.
María Bourdin
mbourdin@infobae.com
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