Amplían denuncia por maniobras fraudulentas en APE
Se trata de una investigación que involucra a seis compañías. Les imputan la supuesta creación de créditos simulados para conseguir mayorías ficticias.
La fiscal general de la cámara comercial, Alejandra Gils Carbó, amplió la denuncia penal formulada en febrero último por supuestas maniobras fraudulentas cometidas a traves de acuerdos preventivos extrajudiciales (APE). La funcionaria incorporó al expediente “hechos nuevos” en los APE de las empresas “Integraciones Tecnológicas SA” y “Hotel Crillón SA”.
En el caso del APE de la empresa “Integraciones Tecnológicas SA”, la denuncia advierte sobre la similitud de acreedores financieros y señala “que la propuesta de acuerdo repite los mismos términos que las anteriores, quedando así comprobada la unidad intelectual”: pesificación asimétrica, pago del 80% del resultante en nueve cuotas anuales, la primera con vencimiento el día 20 de diciembre de 2006. Se calcula un interés puro del 4% anual desde el 20 de diciembre de 2005, como en los otros casos.
En cuanto al APE de “Hotel Crillón SA”, “la propuesta es muy similar a las anteriores, con algunas variantes menores y las mismas fechas de vencimiento a partir del 20 de diciembre de 2006. Se ofrece la pesificación asimétrica de las obligaciones en moneda extranjera y el pago del 40% de los créditos en nueve cuotas anuales. El capital devengará un interés del 4% anual a partir del 20 de diciembre de 2005, como en los otros casos”, advierte Gils Carbó.
En particular, se incluye una propuesta para acreedores laborales, con una quita del 50%, en cincuenta cuotas mensuales consecutivas, sin intereses, a partir del 20 de enero de 2005. “Con la conformidad de tres personas, cuyo derecho a voto no se acredita, se obtiene un acuerdo que perjudica a los demás acreedores laborales en juicio”, continúa la funcionaria. “Las principales víctimas de este acuerdo son los acreedores laborales que se hallan en juicio, pues merced al voto de tres sujetos cuya proveniencia se desconoce, pues no se exhibió ningún título que acredite su calidad, sufrirán la suspensión de sus juicios y la mutilación de sus derechos. Seguramente jamás pudieron notificarse de este proceso por edictos y se les presentará el acuerdo homologado como un hecho consumado”, concluye.
En la misma línea, Gils Carbó asegura que “uno de los claros perjudicados por este APE es la AFIP, que con un crédito total de $ 59.907,15 cobrará el 40% en nueve cuotas anuales, con intereses bajos del 4% a partir de diciembre de 2005. Desde la presentación del APE el 21-10-83 hasta esa fecha el deudor se habría liberado de pagar recargos por la mora tributaria. Entre la quita impuesta del 40%, la licuación del crédito por la larga espera total de 12 años y la suspensión y reducción de los intereses a un 4%, en virtud de este acuerdo preventivo extrajudicial, podría resultar que la deudora se hubiera presentado en APE para reducir sus impuestos adeudados con fraude”.
Investigación
Con esta nueva presentación ya existen sesis compañías involucradas en la denuncia en la que se busca determinar si existe una asociación ilícita destinada a cometer fraudes mediante la creación de créditos ficticios a través de este tipo de acuerdos:
- Romi SRL
- Servicios y Calidad SA
- Dimaat SA
- Integraciones Tecnológicas SA
- Hotel Crillon SA
- Buenos Aires Tur SRL
El expediente está radicado en el Juzgado de Instrucción N° 2, a cargo del juez Manuel Gorostiaga, y da cuenta de diversos hechos que podrían encuadrar en los tipos penales de estafa, estafa procesal, asociación ilícita y desbaratamiento de derechos de terceros previstas en los artículos 172, 173, incisos 6°, 8° y 11 del Código Penal.
El disparador de la investigación es el APE al que llegó la empresa Romi SRL con sus acreedores. Dicho acuerdo fue homologado judicialmente en primera instancia (Juzgado Comercial Nº 18, Secretaría 35) y aunque fue cuestionado por uno de los acreedores y la propia Gils Carbó, la sala B le dio el visto bueno en octubre último.
Según la denuncia, en los acuerdos cuestionados se habría recurrido a la utilización de créditos simulados para obtener mayorías ficticias, a fin de arribar a un acuerdo preventivo con quitas y esperas, lo cual implica un desplazamiento patrimonial ilegítimo (pérdida del derecho a cobrar el crédito íntegro) en perjuicio de los acreedores reales. Ello sucede a partir de la sentencia homologatoria del juez de la causa y, en los casos en qué ésta no tuvo lugar, se habría desarrollado en grado de tentativa.
“Los hechos cumplidos no aparecen aislados, sino que se caracterizan por una unidad intelectual y metodológica, reiterándose los créditos simulados en distintos expedientes, con un mismo fin: defraudar a los acreedores reales”, señala la denuncia.
La reiteración de la maniobra a favor de diferentes sujetos, aparentemente no vinculados entre sí por su actividad ni económicamente, hace suponer que se trata de una asociación ilícita integrada por profesionales del derecho que podrían haber ofrecido a diversas empresas un medio para aniquilar
pasivos y liberarse parcialmente de sus deudas, de manera antijurídica y fraudulenta.
Modus operandi
Estos son los aspectos centrales de la denuncia a la que accedió Infobaeprofesional.com:
- Las propuestas ofrecidas en los seis expedientes mencionados son básicamente iguales –salvo algunas variantes- en cuanto a la pesificación asimétrica de los créditos, las quitas y esperas ofrecidas, alícuota de intereses y vencimiento de los pagos en las mismas fechas;
- En algunos casos los letrados constituyeron domicilio en el lugar de la empresa –lo que no es usual- presuntamente para ocultar que trabajan en un mismo estudio;
- Se denunciaron acreedores dando la conformidad al acuerdo, en algunos casos sin exhibir documentación respaldatoria en absoluto. En otros, se exhibieron contratos de mutuo -porque lo reclamó el juez- por cifras de gran entidad que no tienen las características de operaciones reales, con propósito comercial, o invocaron titulos fáciles de preconstituir, como facturas por honorarios.
- Los imputados actuaron aprovechando la deficiente regulación legal del APE, que establece una notificación por edictos, de escasísima eficacia para que las partes se enteren del proceso.
- Los acuerdos así urdidos fueron algunos homologados y otros quedaron en grado de tentativa porque el juez rechazó la homologación.
- En varios casos se presentaron acuerdos para acreedores laborales - no autorizados por las normas del APE- que requieren unanimidad para su aprobación y por lo tanto son inaplicables a los trabajadores que no dieran su conformidad. Sin embargo, se utilizaron para suspender los juicios pendientes y someter a los acreedores que no votaron, en fraude a la ley laboral, aprovechando la novedad del instituto.
- En este aspecto, ha jugado un rol fundamental para perfeccionar la maniobra el perfil del acreedor laboral en juicio -el que ha perdido su empleo-, que los imputados aprovecharon para lograr sus fines defraudatorios. “Me refiero a la insuficiencia de sus medios económicos para pagar un abogado que haga frente a los expertos concursales que urdieron el fraude”, advierte Gils Carbó.
- El perfil del trabajador también jugó su rol para obtener las conformidades que perjudican a terceros, debido a su dependencia o inferioridad económica y jurídica. Esto sumado a la dificultad de que los acreedores perjudicados se enteren del proceso, ya que retrocediendo varios siglos el legislador dispuso una notificación ficta por edictos. Esta deficiencia ha dado cauce a la
defraudación por parte de quienes utilizan antijurídicamente el instituto. - Los imputados no adjuntaron en ningún caso –salvo que el juez se los reclamara- la documentación respaldatoria de los créditos denunciados. La ausencia de notificación eficaz a los acreedores obstó a que éstos protestaran por la omisión. Muchos de ellos recién se enterarán de la maniobra de la que han sido víctimas cuando pretendan reclamar sus derechos y ya le habrán vencido los términos legales para oponerse.
- En los seis casos, un examen detenido de las constancias de los expedientes revela los destinatarios de la maniobra: los acreedores reales que no dieron conformidad al acuerdo, los ausentes, el Fisco, los acreedores laborales en juicio, etcétera.
María Bourdin
mbourdin@infobae.com
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