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	<title>Comentarios en: FUERO DE ATRACCION – JUICIOS LABORALES – LEY 26086 -</title>
	<link>http://www.blogdesindicatura.com.ar/2007/08/13/fuero-de-atraccion-%e2%80%93-juicios-laborales-%e2%80%93-ley-26086/</link>
	<description>Difusión y consulta para especialistas</description>
	<pubDate>Sat, 19 May 2012 07:26:07 +0000</pubDate>
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		<title>Por: Antonio Elías Am</title>
		<link>http://www.blogdesindicatura.com.ar/2007/08/13/fuero-de-atraccion-%e2%80%93-juicios-laborales-%e2%80%93-ley-26086/#comment-5385</link>
		<pubDate>Fri, 17 Aug 2007 23:56:58 +0000</pubDate>
		<guid>http://www.blogdesindicatura.com.ar/2007/08/13/fuero-de-atraccion-%e2%80%93-juicios-laborales-%e2%80%93-ley-26086/#comment-5385</guid>
					<description>Considero que la "intervención" del Síndico en las causas laborales, durante la etapa concursal, en la gran mayoría de los casos es innecesaria. En especial cuando se tramitan en extraña jurisdicción.
La nueva reforma de la Ley concursal lo establece pero ha omitido la contraprestación correspondiente.
Como ya lo he afirmado: se nos hace responsable como parte, pero se nos retribuye como funcionario.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Considero que la &#8220;intervención&#8221; del Síndico en las causas laborales, durante la etapa concursal, en la gran mayoría de los casos es innecesaria. En especial cuando se tramitan en extraña jurisdicción.<br />
La nueva reforma de la Ley concursal lo establece pero ha omitido la contraprestación correspondiente.<br />
Como ya lo he afirmado: se nos hace responsable como parte, pero se nos retribuye como funcionario.
</p>
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